Resolución de la AMM sobre la No Comercialización del Material Reproductivo Humano
Adoptada por la 54a Asamblea General de la AMM, Helsinki, Finlandia, Septiembre 2003,
revisada por la 65ª Asamblea General de la AMM, Durban, Sudáfrica, Octubre 2014
y reafirmada por la 217ª Sesión del Consejo de la AMM, Seúl (en línea), Abril 2021
Introducción
Los rápidos avances en las tecnologías biomédicas han producido el crecimiento de la industria de asistencia reproductiva que en general está muy poco regulada. A pesar de que muchos gobiernos tienen leyes que prohíben las transacciones comerciales de material reproductivo óvulos, esperma o embriones humanos, la mayoría no ha tenido éxito en evitar universalmente la venta de óvulos, esperma y embriones en internet u otro lugar. El valor en el mercado del material humano, incluidas células, tejidos y tejido celular puede ser muy lucrativo, Esto ha creado un conflicto potencial para los médicos y otros entre los intereses económicos y las obligaciones éticas profesionales.
Para los efectos de esta resolución, el material reproductivo humano es definido como gametos y embriones humanos.
Según la OMS, el comercialismo del trasplante “es una política o práctica en la que las células, tejidos u órganos son considerados una mercancía que puede ser comprada o vendida o utilizada para ganancia material” ” [1].
Los mismos principios deben aplicarse al uso de material reproductivo humano en materia de investigación médica. En su informe sobre los aspectos éticos de la investigación sobre las células madre embrionarias humanas el Comité Internacional de Bioética de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (CIB de la UNESCO) estipula que la transferencia de embriones humanos no debe constituir una transacción comercial y que se deben adoptar medidas para disuadir todo incentivo financiero.
Es importante distinguir entre la venta de servicios de reproducción asistida clínica, que es legal, y la venta de material reproductivo humano, que por lo general es ilegal. Debido a la especial naturaleza de los embriones humanos, la comercialización de los gametos es diferente a la de otras células y tejidos, el esperma y óvulos pueden crear un niño si la fecundación tiene éxito.
Antes que el material reproductivo humano sea donado, el donante debe dar consentimiento informado libre de presión. Para esto es necesario que el donante sea totalmente competente y que se le haya proporcionado toda la información disponible sobre el procedimiento y sus resultados. Si la investigación se realiza sobre el material, debe tener un proceso de consentimiento separado que debe ser consistente con las estipulaciones de la Declaración de Helsinki de la AMM. No debe inducirse a donar o a ofrecer compensación.
La compensación financiera dada a las personas donantes por pérdidas económicas, gastos o inconvenientes por la obtención de material reproductivo donado debe ser considerada diferente del pago por la compra de material reproductivo.
Recomendaciones
1. Las Asociaciones Médicas Nacionales (AMNs) deben instar a sus gobiernos a prohibir las transacciones comerciales de óvulos, esperma y embriones humanos y de todo material humano para reproducción.
2. Los médicos que participan en la obtención y uso de óvulos, esperma y embriones humanos deben implementar un protocolo para asegurar asegurarse que este el material ha sido adquirido apropiadamente con el consentimiento y autorización de las personas a las que pertenece. Al hacer esto, pueden defender el principio de no comercialización de material reproductivo humano.
3. Los médicos deben consultar a los donantes potenciales antes de la donación a fin de asegurarse del consentimiento libre e informado.
4. Los médicos deben respetar la Declaración de la AMM sobre Conflicto de Intereses cuando atienden a pacientes que piden servicios de reproducción.
[1] Glosario Mundial de Términos y Definiciones sobre la Donación y el Trasplante, OMS, noviembre 2009
[2] Convención europea sobre los derechos humanos y la biomedicina Artículo 21 – Prohibición de ganancias
[3] Declaración de Estambul, principio 5