4245_principes_ethiques_SPA_low_22-06-15

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PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA ASISTENCIA
DE SALUD EN TIEMPO DE CONFLICTO
ARMADO Y OTRAS SITUACIONES DE
EMERGENCIA
En el marco del proyecto Asistencia de salud en peligro, el Comité Internacional de la Cruz Roja celebró
consultas con la Asociación Médica Mundial (AMM), el Comité Internacional de Medicina Militar (CIMM),
el Consejo Internacional de Enfermería (CIE) y la Federación Farmacéutica Internacional (FFI) con el
objeto de que estas organizaciones acordaran un denominador común de los principios éticos de la
asistencia de salud aplicables en tiempo de conflicto armado y otras situaciones de emergencia.
El presente documento es resultado de esas consultas y no afecta los documentos de doctrina vigentes
en cada una de esas organizaciones.
Las organizaciones de asistencia de salud civiles y militares comparten el objetivo común de mejorar la
seguridad de su personal y sus bienes, como así también de prestar una asistencia médica imparcial y
eficiente en conflictos armados y otras situaciones de emergencia,
invocando el principio de humanidad, conforme al cual se ha de prevenir y aliviar, en todas las
circunstancias, el sufrimiento humano; y el principio de imparcialidad, en virtud del cual la asistencia de
salud se debe prestar sin discriminación;
teniendo presentes las normas del derecho internacional humanitario, en particular los Convenios de
Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales de 1977, y del derecho internacional de los derechos
humanos, en particular la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), y los Pactos Internacionales
de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1966; y
teniendo en cuenta además los principios de ética profesional adoptados por las asociaciones
profesionales de asistencia de salud, entre ellos el Reglamento en Tiempo de Conflicto Armado y Otras
Situaciones de Violencia de la AMM,
hacen suyos los siguientes principios éticos de la asistencia de salud:
PRINCIPIOS GENERALES
1. Los principios éticos de la asistencia de salud no cambian en tiempo de conflicto armado y otras
situaciones de emergencia, sino que son los mismos que los principios éticos de la asistencia de
salud que se aplican en tiempo de paz.
2. El personal de salud deberá actuar, en todas las circunstancias, de acuerdo con las normas
pertinentes del derecho internacional y nacional, con los principios éticos de la asistencia de salud
y con su conciencia. Al proporcionar la mejor asistencia de salud posible, los agentes de salud
deberán tener en cuenta el uso equitativo de los recursos.
3. La función primordial del personal de salud es proteger la salud física y mental de las personas y
aliviar el sufrimiento. Proporcionará los cuidados necesarios con humanidad, respetando la dignidad
del paciente y sin discriminación de ningún tipo, sea en tiempo de paz o en tiempo de conflicto
armado u otras situaciones de emergencia.
4. Los privilegios y facilidades que se conceden al personal de salud en tiempo de conflicto armado
y otras situaciones de emergencia en ningún caso se utilizarán para fines diferentes de las
necesidades de la asistencia de salud.
5. Cualesquiera sean los argumentos aducidos, el personal de salud jamás acepta los actos de tortura
u otras formas de tratos crueles, inhumanos o degradantes en ninguna circunstancia, incluso en
conflictos armados u otras situaciones de emergencia. Los agentes de salud en ningún caso deben
hallarse presentes en tales actos ni participar en ellos.
RELACIONES CON LOS PACIENTES
6. El personal de salud actúa en el mejor interés de sus pacientes y, en todos los casos posibles, con
su consentimiento explícito. Si, al llevar a cabo sus tareas profesionales, los agentes de salud
experimentan conflictos de lealtad, su obligación fundamental, en términos de sus principios éticos,
es hacia sus pacientes.
7. En conflictos armados u otras situaciones de emergencia, el personal de salud debe prestar atención
médica inmediata y dispensar los cuidados necesarios en la medida de sus posibilidades. Los
agentes de salud no deben distinguir entre pacientes, excepto al tomar decisiones basadas en las
necesidades clínicas y en los recursos disponibles.
8. El personal de salud respeta el derecho a la confidencialidad de los pacientes. Es ético que el
personal de salud divulgue información confidencial sólo con el consentimiento del paciente o
cuando existe una amenaza real e inminente de daños al paciente o a otras personas.
9. El personal de salud se esfuerza al máximo para garantizar el respeto de la intimidad de las personas
heridas, enfermas y fallecidas, incluso evitando prestar servicios de asistencia de salud a los heridos
y enfermos, sean civiles o militares, con fines políticos o de publicidad.
PROTECCIÓN DEL PERSONAL DE SALUD
10. El personal de salud, así como las instalaciones y transportes sanitarios, sean militares o civiles,
debe ser respetados por todos. Los agentes de salud están protegidos mientras llevan a cabo sus
tareas y se les debe proporcionar un entorno de trabajo tan seguro como sea posible.
11. No deberá obstaculizarse indebidamente el acceso seguro del personal de salud a los pacientes, a
las instalaciones sanitarias y a los equipos médicos. Tampoco se interpondrán obstáculos indebidos
al acceso de los pacientes a las instalaciones sanitarias y al personal de salud.
12. Al cumplir sus tareas y cuando tienen derecho legal a ello, el personal de salud se identifica mediante
símbolos internacionalmente reconocidos como la cruz roja, la media luna roja o el cristal rojo,
como manifestación visible de la protección que le confiere el derecho internacional aplicable.
13. El personal de salud en ningún caso será castigado por ejercer su labor en cumplimiento de las
normas jurídicas y éticas.
FINAL
14. Haciendo suyos estos principios éticos de la asistencia de salud, las organizaciones firmantes se
comprometen a trabajar en favor de su promoción e implementación en todas las circunstancias,
incluso realizando la difusión adecuada entre sus miembros.