Reglas de miembros asociados
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Ultima revisión: octubre 2022 AM1/Oct2022
Original: Inglés
REGLAS APLICABLES A LOS MIEMBROS ASOCIADOS
Enmendadas por la
34ª Asamblea Médica Mundial, Lisboa, Portugal, septiembre/octubre 1981
126ª Sesión del Consejo, Jerusalén, Israel, mayo 1990
50ª Asamblea General de la AMM, octubre 1998
53ª Asamblea General de la AMM, Washington 2002
54ª Asamblea General de la AMM, Helsinki 2003
65ª Asamblea General de la AMM, Durban 2014
67ª Asamblea General de la AMM, Taipei 2016
68ª Asamblea General de la AMM, Chicago 2017
y la
73ª Asamblea General de la AMM, Berlín 2022
CONTEXTO
1. Las reglas siguientes para los miembros asociados deben ser aplicadas de acuerdo a los
Artículos y Reglamentos de la AMM, Procedimientos y Políticas de Funcionamiento y la Regla
de Procedimiento para todos los órganos deliberativos.
DIRECCION
2. El Secretario General deberá gestionar todos los asuntos relacionados con los miembros
asociados.
3. El Secretario General podrá enviar solicitudes de afiliación para su revisión por parte del
Consejo. El Consejo podrá rechazar cualquier solicitud de afiliación de miembro sin causa.
AFILIACION
4. Los miembros asociados deberán limitarse a médicos, tal y como se define en los Estatutos de
la AMM (Articulo 1c (i) del Capítulo I) y estudiantes de medicina que estén debidamente
matriculados en una escuela de medicina, enumerada en el Directorio Mundial de Escuelas de
Medicina de la Federación Mundial de Educación Médica, que hayan solicitado dicha afiliación
y que hayan pagado el importe de las cuotas prescrito para dichos miembros. La afiliación de
miembros está disponible para los médicos individuales y estudiantes de medicina,
independientemente de que su Asociación Médica Nacional sea o no miembro constituyente de
la Asociación Médica Mundial. La afiliación de miembros incluirá a los miembros individuales
acreditados, que consistirá de miembros independientes, miembros estudiantes, todos los
miembros de la Red de Expresidentes y Presidentes Anteriores así como todos los miembros de
la Red de Médicos Jóvenes.
5. Las solicitudes para ser miembro asociado se obtendrán solamente de forma directa de la AMM,
o de una Asociación Médica Nacional que sea miembro constituyente de la AMM. La solicitud
deberá devolverse, con la cantidad correspondiente de la cuota de afiliación, a la AMM o a una
Asociación Médica Nacional que sea miembro constituyente de la AMM.
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6. Los miembros asociados recibirán confirmación de afiliación, una suscripción al World
Medical Journal (WMJ) y aquellos otros beneficios que el Consejo pueda aprobar. Los
miembros asociados podrán asistir a reuniones abiertas a todos los miembros de la Asamblea
General de la AMM previo pago de la cuota de inscripción correspondiente, y previa solicitud
y aprobación, los miembros asociados podrán asistir a reuniones abiertas del Consejo de la
Asociación Médica Mundial. La asistencia a dichas reuniones correrá a cargo del miembro
asociado.
7. Los estudiantes de medicina y los médicos jóvenes (que se gradúen como médicos en un
periodo de cinco años) obtendrán la condición de miembro asociado de la AMM sin una cuota
de afiliación, pero no se proporcionará ningún producto, servicio ni publicación (excepto
publicaciones electrónicas) a estos miembros.
8. Los expresidentes y presidentes anteriores del Consejo obtendrán la condición de miembro
asociado vitalicio de la AMM. No se cobrará ninguna cuota de afiliación. Se incluirán en la Red
de Expresidentes y Presidentes del Consejo (PPCN).
9. Los miembros asociados acreditados que sean graduados médicos en los diez (10) primeros
años de la graduación o hasta que terminen un programa educacional médico de postgrado
podrán ser miembros de la Red de Médicos Jóvenes (JDN).
10. Los miembros asociados acreditados que se hayan graduado en la escuela de medicina y que
no sean miembros de la Red de Expresidentes y Presidentes Anteriores del Consejo (PPCN) ni
miembros de la Red de Médicos Jóvenes (JDN), se denominarán miembros independientes
11. Todos los miembros asociados deben cumplir con las Reglas de los miembros asociados y estar
acreditados.
12. Todos los miembros asociados acreditados tendrán el derecho a voto en las reuniones plenarias
de los miembros asociados.
CANCELACION POR CAUSA
13. El Consejo podrá poner término a la afiliación de cualquier miembro asociado por causa. La
causa para la cancelación de la afiliación consistirá en cualquier acción por parte del miembro
que sea incoherente con los fines y objetivos de la AMM, o acciones que tengan la intención de
desprestigiar la AMM o la profesión médica o la intención de dañar la reputación de la AMM
o cualquier acción que la dañe. Antes de cancelar la afiliación de un miembro asociado por
causa justificada, el Consejo invitará al miembro a responder por escrito a las quejas alegadas
contra dicho miembro. El Consejo considerará la respuesta del miembro, si la hubiera, antes de
tomar su decisión que puede ser a través de correspondencia o una reunión virtual.
PRESIDENTE DE LOS MIEMBROS ASOCIADOS
14. Los miembros asociados elegirán un presidente de entre los que se encuentren presentes y
acreditados en la sesión plenaria inmediatamente anterior a la Asamblea General de la AMM.
El presidente presidirá las reuniones de los miembros asociados.
15. El presidente ocupará su cargo durante un plazo de dos años, y tendrá derecho a la reelección a
voluntad de los miembros asociados, por un máximo de tres plazos de dos años en total. Si el
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presidente de los miembros asociados dimite, o si la afiliación del presidente se extingue, el
plazo de vigencia del presidente será ocupado por el expresidente inmediato hasta la siguiente
reunión habitual.
16. El primer plazo de dos años que se menciona en el punto 4.2 comenzará al final del plazo en
vigencia cuando estas reglas sean adoptadas.
COMITE DE DIRECCION
17. Habrá un Comité de Dirección de los miembros asociados, que incluirá:
17.1 El presidente de los miembros asociados.
17.2 El expresidente inmediato de los miembros asociados.
17.3 El presidente de la Red de Médicos Jóvenes (o la persona designada por el presidente de
la JDN).
17.4 El presidente de la Red de Expresidentes y Presidentes Anteriores del Consejo (o la
persona designada por el presidente de la PPCN).
17.5 Los dos (2) representantes de los miembros asociados de la Asamblea General de la
AMM.
17.6 Un miembro vocal independiente que deberá ser elegido por los miembros
independientes.
17.7 Un miembro vocal estudiante que deberá ser elegido por los miembros estudiantes.
18. Ninguna persona podrá ocupar dos puestos en el Comité de Dirección.
19. El Comité de Dirección se reunirá al menos cada dos meses, ya sea virtualmente o de manera
presencial en un momento específico, a menos que se acuerde de otro modo por una mayoría
del Comité de Dirección.
20. El Comité de Dirección
20.1revisará y propondrá las actividades de los miembros asociados,
20.2tomará e implementará decisiones internas de los miembros asociados, no relacionadas con
la gobernanza, entre las reuniones plenarias programadas de los miembros asociados,
20.3dará consejo al Presidente sobre las decisiones que se deban tomar,
20.4recomendará a los directivos y a los miembros la pertenencia a equipos y grupos de trabajo,
20.5sugerirá cambios posibles en la gobernanza y el proceso de los miembros asociados,
20.6fomentará el voluntariado para apoyar el trabajo de la AMM y
20.7representará los intereses colectivos de los miembros asociados.
REUNIONES PLENARIAS
21. En el plazo de una semana antes de cada reunión del Consejo de la AMM, tendrá lugar una
reunión plenaria abierta a todos los miembros asociados acreditados. La asistencia a la reunión
podrá ser en persona o de forma virtual. El secretario general o la persona que este designe
estarán disponibles durante toda la reunión para asesorar, asistir y aconsejar a los miembros.
22. Podrán programarse reuniones adicionales a petición de veinte (20) miembros asociados
acreditados, o de al menos 2/3 de los miembros del Comité de Dirección, o del presidente de
los miembros asociados. Se deberá notificar con al menos dos semanas de anticipación a los
miembros para las reuniones especiales. La notificación deberá incluir el lugar y la razón de la
reunión. Sólo se tratará el asunto para el cual se ha convocado específicamente la reunión
adicional.
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ELECCIONES
23. Las nominaciones para candidatos a los puestos directivos disponibles, incluido en el Comité
de Dirección, pueden realizarse por cualquier miembro asociado acreditado.
24. Las nominaciones deben presentarse a la Secretaría al menos seis (6) semanas antes de la
reunión plenaria de miembros asociados durante la cual se celebrarán las elecciones.
25. Las nominaciones deberán presentarse de acuerdo con los documentos requeridos actuales
determinados por los miembros asociados y deberán incluir al menos el curriculum vitae, un
párrafo que describa los motivos del candidato para desear ocupar el puesto de directivo, una
fotografía del candidato y documentación adicional según lo requerido por el Comité de
Dirección. Estos materiales se distribuirán con los materiales para la reunión.
26. Las elecciones para los siguientes cargos normalmente tendrán lugar en la reunión de octubre
de los miembros asociados que precede a la Reunión del Consejo y a la Asamblea General.
26.1Si el mandato del presidente expira, tendrá lugar la elección del nuevo presidente, que
dirigirá el secretario general. El presidente electo dirigirá el resto de la reunión.
26.2Dos (2) representantes de la Asamblea General de la AMM, que actuarán también como
miembros del Comité de Dirección durante un plazo de un año.
26.3Un (1) miembro vocal independiente durante un plazo de un año en el Comité de Dirección.
26.4Un (1) miembro estudiante durante un plazo de un año en el Comité de Dirección
REPRESENTACION ANTE LA ASAMBLEA GENERAL
27. Solo las mociones aprobadas y adoptadas por una mayoría de los miembros asociados
acreditados en una reunión presencial o virtual de miembros asociados podrán presentarse para
su consideración a la Asamblea General de la AMM en nombre de los miembros asociados.
28. Los representantes de la Asamblea General de la AMM elegidos por los miembros asociados
tendrán derecho a intervenir en la Asamblea General de la AMM y el derecho a presentar
políticas o propuestas aprobadas en las reuniones de los miembros asociados, pero no tendrán
derecho a presentar asuntos adicionales, ni a presentar mociones, ni a votar.
REPRESENTACION EXTERNA
29. Los miembros asociados no podrán representar a la AMM en ninguna capacidad sin la
autorización expresa previa del Consejo o del presidente del Consejo, o del Secretario General
en su nombre. El uso activo de esta afiliación para promover o dar una falsa impresión de un
apoyo oficial de la AMM a un evento de terceros no está autorizado.
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