D-1998-01-1998_OVS

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~ , L’ASSOC.AT.ON MED’CALE MONDIALE. INC ASOCIAC’ON MEDICA MUND’AL. INC
THE WORLD MEDICAL ASSOCIATION. INC.
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Octubre 1998
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Original: Ingles
DECLARACION DE OTTAWA DE LA ASOCIACION MEDICA MUNDIAL
sobre
EL DERECHO DEL NINO A LA ATENCION MEDICA
Adoptada por la soa Asamblea General de la ~
Ottawa, Canada, oetubre 1998
INTRODUCCION
1 T.3 atenci6n medica del nino, ya sea en su domicilio 0 en el hospital, incluye aspectos
1 La atencion medica del nifio, ya sea en su domicilio 0 en el hospital, incluye aspectos
medicos, psicoafectivos, sociales y econ6micos que interactuan en el proceso de recuperaci6n
y que requieren una preocupaci6n particular en cuanto a los derechos del nino como paciente.
2 El Articulo 24 de la Convenci6n de Naciones Unidad de 1989 sobre los Derechos del Nino,
reconoce el derecho del nino a gozar de los mas altos niveles logrados en salud y a servicios
para el tratamiento de enfermedades y recuperacion de la salud, y estipula que las naciones
deben esforzarse en asegurar que ningun nino sea privado de su derecho at acceso a dichos
servicios de atencion medica.
3 En el contexto de esta Declaracion, el mno se describe como un ser humano desde el
momento de su nacimiento hasta fines de sus 17 anos, a menos que segun la legislacion del
pais en cuestion, el nino sea reconocido legalmente como adulto a otra edad.
PRINCIPIOS GENERALES
4 Todo nino tiene el derecho inherente a Ia vida, al igual que el derecho a tener acceso a los
servicios apropiados para la prornocion de la salud, prevencion y tratamiento de
enfermedades, y recuperaci6n de la salud. Los medicos y el personal de salud tienen la
responsabilidad de reconocer y promover estos derechos, y de pedir que los recursos
materiales y humanos sean proporcionados para que los mantegan y los cumplan. En especial,
se debe hacer todo 10 posible:
i) para proteger 10 maximo posible la sobrevivencia y el desarrollo del nino, y para reconocer
que los padres (0 los representantes legales) son los primeros responsables del desarrollo del
nino y que ambos padres tienen responsabilidades comunes al respecto.
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ii) para asegurar que el interes superior del nino sea la consideraci6n principal en la atenci6n
medica.
iii) para resistir toda discriminacion, cuando se proporcione atencion medica, de edad, sexo,
enfermedad, incapacidad, religion, origen etnico, nacionalidad, afiliacion politica, raza,
inclinaci6n sexual 0 posicion social del nifio 0 de sus padres. 0 de los representantes legales.
iv) para lograr una atencion medica apropiada prenatal y post natal de la madre y del nino.
v) para asegurar que todo nino tenga una atenci6n medica apropiada, con enfasis en la
atencion medica primaria, la atencion psiquiatrica pertinente para los nifios que la necesiten,
el tratamiento del dolor y la atenci6n del caso a las necesidades especiales de los niiios
incapacitados.
vi) para proteger a todo nino de examenes de diagn6stico, tratamientoe investigacio_
innecesarios.
vii) para combatir la enfermedad y desnutricion.
viii) para crear una atenci6n medica preventiva.
ix) para eliminar el maltrato del nino en sus diversas formas.
x) para eliminar las practicas tradicionales perjudiciales para la salud del nino.
x) para eliminar las practicas tradicionales perjudiciales para la salud del nino.
PRINCIPIOS ESPECIFICOS
CaUdad de la Atencion
5 EI equipo que proporciona la atenci6n medica al nifio debe asegurar la continuidad y 1a
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6 Los medicos y el personal de salud que atienden al nino deben tener una formacion especial y
los conocimientos necesarios, para que puedan responder apropiadarnente a las necesidades
medicas, fisicas, emocionales y del desarrollo del nifio y de su familia.
7 Cuando se deba hacer una eleccion entre pacientes nines para un tratarniento especial cuya
aplicacion es limitada, se debe garantizar que los pacientes individuales tengan un .
procedimiento de seleccion justo para dicho tratamiento, que se haga solo en base a
consideraciones medicas y sin discrirninacion.
Libertad de Eleccion
8 Los padres 0 representantes legales, 0 cuando el nino mismo tiene la madurez suficiente,
deben: poder elegir libremente y cambiar el medico del nino. estar satisfechos porque el
medico seleccionado tiene la libertad de emitir opiniones clinicas y eticas sin interferencia
externa, pedir un segundo diagnostico de otro medico en todo momento.
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Consentimiento y Autodeterminacien
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9 EI paciente nino y sus padres 0 representantes legales tienen derecho a tener una participacion
informada activa en todas las decisiones que afecten la atencion medica del nino. Los deseos
del nino deben considerarse al tomar dichas decisiones y se les debe dar importancia, segun su
capacidad de comprension. EI nifio maduro, segun la opinion del medico, tiene derecho a
tomar sus propias decisiones sobre atencion medica.
10 Expecto en una emergencia (vease parrafo 12 a continuacion), se necesita el consentimiento
informado antes de comenzar un proceso de diagnostico 0 de terapia en un nino, en especial
cuando se trate de un procedimiento invasivo. En la mayoria de los casos, el consentimiento
debe obtenerse de los padres 0 de los representantes legales; sin embargo, los deseos
expresados por el nino deben tomarse en cuenta antes de otorgar el consentimiento. No
obstante, si el nino tiene la madurez y comprension suficientes, el consentimiento infonnado
se debe obtener del nino mismo.
11 En general, el paciente nino capacitado y sus padres 0 representantes legales pueden
abstenerse de otorgar consentimiento a un procedimiento 0 terapia. Aunque se supone que los
padres 0 representantes legales actuaran en beneficio del nino, a veces no es asi. Cuando uno
de los padres 0 representante legal niega el consentimiento a un procedimiento y/o
tratamiento, sin el cual la salud del nino se pondria en grave e irreversible peligro y para el
cual no hay altemativa dentro del contexte de atencion medica generalmente aceptada, el
medico debe obtener la autorizacion judicial 0 legal pertinente para aplicar dicho
procedimiento 0 tratamiento.
procedimiento 0 tratamiento.
12 Si el nino esta inconsciente 0 no puede dar su consentimiento y no se dispone de uno de los
padres 0 representantes legales, en circunstancias en que se necesita una intervencion medica
de urgencia, en ese caso se puede suponer el consentimiento especifico para la intervencion; a
menos que sea obvio y que no quede la menor duda, en base a 10 expresado previamente 0 por
conviccion, de que el consentimiento para la intervencion seria rechazado para esa situacion
en particular (sujeto a loestipulado en el parrafo 7 anterior).
13 EI paciente nino y sus padres 0 representantes legales tienen derecho a negarse a participar en
la investigacion 0 ensefianza de la medicina. Dicha negacion nunca debe interferir en la
relacion rnedico-paciente 0 poner en peligro la atencion medica del oHio u otros beneficios a
los que tenga derecho.
Acceso a la Informacion
14 EI paciente nino y (excepto en las circunstancias descritas en el parrafo 18 a continuacion) sus
padres 0 representantes legales tienen derecho a estar totalmente infonnados sobre su salud y
condicion medica, siempre que esto no vaya contra los intereses del nino. Sin embargo, la
informacion confidencial contenida en el historial del nino sobre una tercera persona, no debe
ser entregada a este, sus padres 0 representantes legales sin el consentimiento de dicha
persona.
15 La informacion se debe entregar de manera apropiada a la cultura y al nivel de compresion del
receptor. Esto es especialmente importante en el caso de la informacion que se entrega at
nino, quien debe tener el derecho a acceder a la informacion general sobre salud.
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16 Excepcionalmente, se puede retener cierta informacion frente a1 nmo 0 sus padres 0
representantes legales, cuando haya una buena razon para creer que dicha informacion
representaria un serio peligro para lavida 0 salud del nifio, 0 para fa salud fisica a mental de
otra persona aparte del nino.
Secreto
17 En general, la obligacion de los medicos y del personal de salud de mantener el secreta sobre
informacion medica y personal identificable de pacientes (incluida la informacion sobre el
estado de salud, condicion medica, diagnostico y tratamiento), se aplica tanto para el caso de
pacientes ninos como para los adultos.
18 El paciente nifio 10 suficientemente maduro como para ir a una consulta sin sus padres a
representantes legales, tiene derecho a la vida privada y puede solicitar servicios
confidenciales. Dicha solicitud debe ser respetada y la informacion obtenida durante I~
consulta 0 sesion de orientacion no debe ser revelada a los padres 0 representantes legale4l’
excepto con eJ consentimiento del nino 0 en circunstancias cuando el secrete del adulto puede
ser conocido. Adernas, cuando el medico tratante tenga buenas razones para concluir que a
pesar de que eI nifio no esta acompafiado, este no esta capacitado para tomar una decision
informada sobre un tratamiento, 0 que sin intervencion de los padres la salud del nino se
pondria en grave e irreversible peligro; en ese caso, en circunstancias excepcionales, el
medico puede revelar informacion confidencial, obtenida durante una consulta sin estar
acompafiado, a los padres 0 representantes legales. Sin embargo, el medico primero debe dar a
conocer at nino las razones de su decision e intentar convencerlo que este de acuerdo con esto.
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Hospitalizacion
19 El nino debe ser hospitalizado s610 si la atencion que necesita no puede ser prestada en su
domicilio °sobre una base diaria.
20 EI nino debe ser hospitaIizado en un ambiente diseiiado, amoblado y equipado, adecuado a su
edad y condicion de salud, y el nino no debe ser hospitalizado en salas de adultos, salvo ee
circunstancias especiales, debido a su condicion medica, por ejemplo para un parto 0 termino
del embarazo.
21 Se debe hacer todo 10 posible para que un nino hospitalizado pueda estar acompafiado por sus
padres 0 padres substitutos, quienes deben tener alojamiento apropiado, cuando proceda, en el
hospital 0 en sus cercanias, gratuitamente 0 con costo minimo, y deben tener la posibilidad de
ausentarse de sus trabajos, sin perjuicio para su empleo.
22 Todo nino hospitalizado debe ser autorizado al maximo contacto extemo y visitas posibles,
sin restriccion de edad del visitante, excepto en circunstancias cuando el medico tratante tenga
buenas razones para considerar que las visitas no seran beneficiosas para el nino.
23 Cuando un nino de corta edad ha sido hospitalizado, su madre debe tener la posibilidad de
amamantarlo, a menos que exista una contraindicacion medica valida para impedirselo.
24 EI nifio hospitalizado debe tener la posibilidad y facilidad, apropiada a su edad, de jugar,
recrearse y continuar su educacion. Para facilitarla, se debe instar al empleo de profesores
especializados 0 que el nifio tenga acceso a programas adecuados de aprendizaje a distancia.
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Maltrato del Nino
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25 Se deben tornar todas las medidas apropiadas para proteger al nino de todas las formas de
trato negligente, violencia fisica 0 mental, maltrato, lesiones 0 abuso, incluido el abuso
sexual. En este contexto, se llama la atencion a 10 establecido en la Declaracion de Ia AA1}J
sobre Maltrato y Abandono del Niho (Doc. 17.W).
Enseiianza de la Salud
26 Los Padres y nifios apropiados a su edad y/o desarrollo deben tener acceso y apoyo total en la
aplicacion de conocimientos basicos de salud infantil y nutricion, incluidas las ventajas de la
lactancia materna, como tambien de higiene, salud ambiental, prevenci6n de accidentes,
educacionsexual y de reproduccion.
Dignidad del Paciente
27 EI paciente nino debe ser tratatado siempre con tacto y comprensi6n, y con respecto por 50
dignidad y vida privada.
28 Se debe hacer todo 10 posible para evitar, 0 si no es posible, disrninuir el dolor y/o
sufrimiento, y mitigar el estres fisico 0 emocional en el paciente nino.
29 EI nifioque padece una enfermedad terminal debe recibir asistencia paliativaapropiada y toda
la ayuda necesaria para que tenga una muerte 10 mas digna y aliviada posible.
Asistencia Reli2dosa
Asistencia Religiosa
30 Se debe hacer todo 10 posible para asegurar que el paciente nifio tenga acceso a una asistencia
espiritual y moral apropiada, incluida la de un representante de su religion.
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