R-2006-01-2006_OVS
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Manall de Politicas de la AMM
Asociación Médica Mundial S-2006-01-2006
RESOLUCIÓN DE LA AMM
SOBRE
LA ASISTENCIA MÉDICA EN LOS VIAJES EN AVIÓN
Adoptada por la 57a
Asamblea General de la AMM, Pilanesberg, Sudáfrica, octubre 2006
1. El viaje en avión es el modo de transporte preferido por la gente en todo el mundo para
las distancias largas. La creciente conveniencia y las tarifas abordables han aumentado
la cantidad de pasajeros, incluidos pasajeros más viejos y otras personas con mayor
riesgo de emergencias de salud. Además, los vuelos largos aumentan el riesgo de
emergencias médicas durante el viaje.
2. El ambiente en los aviones de pasajeros normales no facilita la prestación de atención
médica de calidad, especialmente en casos de emergencias médicas. El ruido y
movimiento del avión, el espacio reducido, la presencia de otros pasajeros que pueden
estar estresados o tener miedo por la situación, la insuficiencia o falta total de
diagnóstico y materiales terapéuticos y otros factores crean condiciones muy difíciles
para el diagnóstico y tratamiento. Es posible que estas circunstancias constituyan un
desafío incluso para el médico más experimentado.
3. La mayoría de las compañías aéreas exigen que el personal de vuelo tenga una
formación en primeros auxilios. Además, muchas proporcionan cierto grado de
capacitación por sobre este nivel mínimo y también pueden llevar ciertos
medicamentos y equipo de emergencia a bordo. Algunos aviones incluso tienen
equipos para leer a distancia un electrocardiograma y servicios médicos de asistencia.
4. Incluso el personal de vuelo bien entrenado tiene conocimientos y experiencia
limitados y no pueden prestar la misma asistencia que un médico u otro profesional de
la salud calificado. En la actualidad, existen cursos de educación médica continua para
capacitar a los médicos específicamente para las emergencias durante los vuelos.
5. Los médicos a menudo tienen ciertos temores para prestar asistencia debido a una
incertitud en la responsabilidad legal, en especial en vuelos internacionales o vuelos
dentro de los Estados Unidos. Aunque muchas compañías aéreas proporcionan cierto
tipo de seguro para los médicos y civiles que presten asistencia voluntaria durante los
vuelos, no siempre es el caso e incluso cuando existe, las cláusulas del seguro no siempre
pueden ser explicadas y comprendidas de manera adecuada en una crisis médica
repentina. Las consecuencias financieras y profesionales de querellas contra los
médicos que prestan asistencia pueden ser de muy alto costo.
6. Se deben tomar medidas importantes para proteger la vida y la salud de los pasajeros
en un avión; sin embargo, la situación dista mucho de ser ideal y es necesario
mejorarla. Muchos de los principales problemas pueden simplificarse a través de
medidas simples de parte de las aerolíneas y legisladores nacionales, en cooperación
entre ellos y con la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) para lograr
políticas y programas internacionales coordinadas y basadas en un consenso.
Viajes en Avión
R-2006-01-2006 Pilanesberg
7. Las asociaciones médicas nacionales tienen un papel de liderazgo importante en la
promoción de medidas destinadas a mejorar la disponibilidad y eficacia de la atención
médica en los vuelos.
8. Por lo tanto, la Asociación Médica Mundial hace un llamado a sus miembros para que
insten a las aerolíneas nacionales con vuelos de pasajeros de mediana y larga duración
a que tomen las siguientes medidas:
a. Equipar sus aviones con un conjunto de materiales médicos de emergencia y
medicamentos suficientes y estandarizados que estén empaquetados de manera
estandarizada y fácil de indentificar, que tengan instrucciones e información en
inglés y en los principales idiomas del país de partida y llegada y que incluyan
desfibriladores automáticos externos, considerados como equipo esencial fuera de
un entorno profesional.
b. Proporcionar asistencia médica que pueda ser contactada por radio o teléfono para
ayudar al personal a bordo o a un profesional de la salud voluntario, si hay uno en
el avión y está dispuesto a ayudar.
c. Elaborar planes de emergencia médica para guiar al personal que deba responder
a las necesidades médicas de los pasajeros.
d. Proporcionar instrucción médica y logística suficiente al personal a bordo, además
de los primeros auxilios, a fin de que puedan responder mejor a las necesidades
de los pasajeros y ayudar a los profesionales médicos que se ofrecen como
voluntarios durante las emergencias.
e. Proporcionar seguros para los profesionales médicos y ayudar al personal no
médico a protegerse de los daños y responsabilidades (materiales o inmateriales)
como resultado del diagnóstico y tratamiento a bordo.
9. La Asociación Médica Mundial llama a sus miembros a que insten a sus autoridades
de aviación nacional a proporcionar informes anuales resumidos sobre los incidentes
médicos a bordo, basados en informes estandarizados obligatorios de incidentes para
cada caso médico que necesite la aplicación de primeros auxilios o de otro tipo de
asistencia médica o que obligue a un cambio de vuelo.
10. La Asociación Médica Mundial llama a sus miembros a que insten a sus legisladores
a aprobar leyes que proporcionen inmunidad ante acciones legales a los médicos que
prestan asistencia de emergencia en un avión.
11. Si no existe inmunidad legal, la aerolínea debe aceptar todas las consecuencias legales
y financieras de la prestación de asistencia de parte de un médico.
12. La Asociación Médica Mundial hace un llamado a sus miembros para que:
a. formen a los médicos en los problemas de emergencias médicas durante los vuelos.
b. informen a los médicos sobre las oportunidades de formación o proporcionen o
promuevan la creación de programas de formación allí donde no existan.
c. insten a los médicos a debatir los problemas eventuales con los pacientes de alto
riesgo que pidan una asistencia médica a bordo, antes del vuelo.
13. La Asociación Médica Mundial hace un llamado a IATA para que establezca normas
precisas en las siguientes áreas y si es necesario trabajar con los gobiernos para
implementar estas normas como obligaciones legales:
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a. Equipo médico y medicamentos a bordo de vuelos de mediana y larga duración.
b. Normas de empaquetado e información de material, incluidas las descripciones e
instrucciones en los idiomas correspondientes.
c. Procedimientos de organización en emergencias médicas y programas de
formación para el personal médico.