Version 2005

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Manall de Politicas de la AMM
Asociación Médica Mundial  S-1983-01-2005
DECLARACIÓN DE LA AMM
SOBRE
EL BOXEO
Adoptada por la 35ª Asamblea Médica Mundial, Venecia, Italia, octubre 1983
y revisada en su redacción por la 170ª Sesión del Consejo Divonne-les-Bains, Francia,
mayo 2005
El Boxeo es un deporte peligroso. A diferencia de la mayoría de otros deportes, su intención
básica es producir daño corporal al oponente. El boxeo puede ocasionar la muerte y
produce una incidencia alarmante de lesión cerebral crónica. Por esta razón, la Asociación
Médica Mundial recomienda que el boxeo sea prohibido.
Hasta que se logre este objetivo, se deben implementar las siguientes recomendaciones:
1. Las asociaciones médicas nacionales (AMNs) en sus países deben instar la creación
de un «registro nacional de boxeadores» para todos los boxeadores profesionales y
aficionados, incluidos los oponentes en entrenamientos de combate. Las funciones
pro-puestas para este registro serían llevar una relación de los resultados de todos los
encuentros autorizados, incluidos los knockouts técnicos, knockouts y otras lesiones
producidas por el boxeo, y reunir datos sobre los triunfos y derrotas de cada boxeador,
así como de las lesiones que puedan haber recibido.
2. Las asociaciones médicas nacionales deben considerar la planificación y realización
de conferencias con miembros interesados de la profesión médica, representantes
médicos de diversas comisiones de boxeo profesional y aficionado para revisar los
requisitos para el examen neurológico y físico de los boxeadores, a fin de determinar
otras medidas médicas necesarias para evitar lesiones cerebrales en este deporte y
establecer criterios científicos para la suspensión de un encuentro por razones médicas.
3. Todas las autoridades del boxeo deben asegurar que se autorice al médico de turno en
el cuadrilátero a detener cualquier encuentro, en cualquier momento, a efecto de exa-
minar a un boxeador y, cuando sea necesario, poner término a una pelea que en su
opinión pueda resultar en lesiones graves para cualquiera de los dos contrincantes.
4. Las autoridades del boxeo deben organizar seminarios frecuentes de formación médica
para todo el personal del cuadrilátero.
5. Todas las autoridades del boxeo deben asegurar que no se permita ningún encuentro
aficionado o profesional, a menos que:
Boxeo
S-1983-01-2005 Divonne-les-Bains
a. se realice en un área que disponga de equipamiento neuroquirúrgico adecuado y
disponible de inmediato para aplicar un tratamiento de emergencia especializado
a un boxeador lesionado.
b. se tenga disponible al lado del cuadrilátero un reanimador portátil con equipo de
oxígeno y tubos endotraqueales apropiados, y
c. esté listo un plan completo de evacuación para trasladar al hospital a un boxeador
gravemente lesionado.
6. Se debe informar a las autoridades del boxeo que las competencias de boxeo no
supervisadas entre boxeadores sin licencia son extremadamente peligrosas y pueden
ocasionar lesiones graves o la muerte de los contrincantes y, por lo tanto, deben ser
prohibidas.
7. Se debe instar a todas las autoridades del boxeo a que exijan el uso de equipo de
seguridad, como esteras protectoras plásticas y esquineros acolchonados, y que
fomenten el continuo perfeccionamiento del equipo de seguridad.
8. Se debe instar a todas las autoridades del boxeo a que extiendan todas estas medidas
de seguridad a los oponentes en entrenamientos de combate.
9. Se debe instar a todas las autoridades del boxeo a que mejoren, regularicen y hagan
cumplir estrictamente el control médico de los boxeadores.