Version 2005
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Manall de Politicas de la AMM
Asociación Médica Mundial S-1993-01-2005
DECLARACIÓN DE LA AMM
SOBRE
LOS EXÁMENES FÍSICOS DE LOS PRESOS
Adoptada por la 45ª Asamblea Médica Mundial Budapest, Hungría, octubre 1993
y revisada en su redacción por la 170ª Sesión del Consejo, Divonne-les-Bains, Francia,
mayo 2005
Los sistemas carcelarios en muchos países exigen que los presos sean sometidos a
exámenes de las cavidades del cuerpo. Dichos exámenes, que incluyen exploraciones
rectales y pélvicas, son realizados cuando un individuo ingresa a la población penal y luego,
cada vez que se le permite tener contacto personal con alguien fuera de la población penal.
Por ejemplo, cuando un preso es trasladado a los tribunales para una audiencia o al hospital
para un tratamiento, o a trabajos fuera de la cárcel; cuando el preso es devuelto a la
institución, es sometido a un examen de las cavidades del cuerpo que incluye todos los
orificios. El propósito del examen es principalmente la seguridad o evitar el ingreso de
contra-bando a la cárcel, como armas o drogas.
Estos exámenes se realizan más bien por razones de seguridad que médicas; no obstante,
deben ser efectuados nada más que por una persona con una formación médica apropiada.
Este acto, que no es médico, puede ser realizado por un médico para proteger al preso de
lesiones que puede sufrir si el examen lo realiza una persona sin conocimientos médicos.
En este caso, el médico debe explicar esto al preso y además debe explicarle que las
condiciones normales del secreto médico no se aplican durante este procedimiento
obligatorio y que los resultados del examen serán revelados a las autoridades. Si una ley
exige que estos exámenes sean realizados por un médico y éste acepta efectuar un examen
de las cavidades del cuerpo, se debe informar a la autoridad de que es necesario que este
procedimiento se realice de manera respetuosa.
Si el examen lo realiza un médico, lo debe hacer un médico distinto al que atenderá
posteriormente al preso.
La obligación del médico de entregar atención al preso no debe verse comprometida por la
obligación de participar en el sistema de seguridad de la cárcel.
La Asociación Médica Mundial exhorta a todos los gobiernos y figuras públicas
responsables de la seguridad de la población, a reconocer que estos exámenes invasores
constituyen graves agresiones a la privacidad y dignidad de la persona, y que también
representan riesgos de daño físico y psicológico. Por lo tanto, la Asociación Médica
Mundial exige que, hasta donde sea posible sin comprometer la seguridad pública,
• – se consideren métodos alternativos para los exámenes rutinarios de los presos y
que los exámenes de las cavidades del cuerpo sean aplicados sólo como último
recurso.
Exámenes Físicos de los Presos
S-1993-01-2005 Divonne-les-Bains
• – si se necesita realizar exámenes de las cavidades del cuerpo, el responsable
público se debe asegurar que dichos exámenes los lleve a cabo el personal con los
conocimientos y experiencia médica suficientes para practicar el examen en forma
segura.
• – la misma autoridad responsable asegure que se garantice la privacidad y dignidad
de la persona examinada.
Por último, la AMM insta a los gobiernos y a los responsables públicos a proporcionar un
médico calificado para realizar los exámenes físicos cada vez que lo exija el estado físico
de la persona. Se debe respetar, en lo posible, si el preso solicita un médico específico.
La Asociación Médica Mundial adopta esta declaración con el fin de orientar a las
asociaciones médicas nacionales cuando establezcan normas éticas para sus miembros.