Regla de procedimiento para todos los órganos deliberativos

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Septiembre 1981 32.70
Original: Inglés
REGLAS DE PROCEDIMIENTO
para
TODOS LOS ORGANOS DELIBERATIVOS
de la
ASOCIACION MEDICA MUNDIAIJ
adoptadas por la
XXXIV ASAMBLEA MEDICA MUNDIAL
Septiembre/Octubre de 1981
ASOCIACION MEDICA MUNDIAL
REGLAS DE PROCEDIMIENTO
PARA TODOS LOS ORGANOS DELIBERATIVOS
1. Los asuntos de la reunión serán tratados en el orden establecido en la agenda de la reunión, a
menos que sea alterado por rnayoría de votos de los miembros presentes.
2. A medida que cada punto de la agenda (actas, informes, resoluciones) es presentado en la
reunión, la persona que lo presenta propondrá que el punto sea adoptado o aprobado. Tal
moción será la moción substantiva principal para aquel punto en particular.
3. Cada proposición sometida a consideración deberá ser clara y precisa en sus términos. En lo
posible, la proposición se hará por escrito y se distribuirá a los miembros votantes antes de que
el asunto sea considerado.
4. Tras la presentación de una proposición, todos bs miembros votantes tendrán un tiempo
razonable para discutir dicha proposición.
5. Cada proposición que constituya una moción substantiva principal estará subordinada a las
siguientes mociones subsidiarias que tendrán precedencia en el orden en que se inscriben, es
decir, a) cobra precedencia sobre todas las otras mociones subsidiarias y f) no tiene precedencia
sobre ninguna otra moción subsidiaria.
a) moción de aplazamiento transitorio (a veces denominada moción de postergación). De ser
adoptada, esta moción determnina el aplazamiento del examen de la moción substantiva
principal y de todas las mociones subsidiarias pendientes hasta el momento en que la
reunión adopte una moción de reapertura del examen del asunto.
i) Esta moción debe ser secundada por un miembro que no sea el mismo que la ha
propuesto.
ii) Esta moción no es debatible ni enmendable. Una vez secundada, debe ser sometida a
votación.
iii) Esta moción requiere mayoría de votos para su adopción.
b) Moción de término del debate y votación inmediata sobre la moción pendïente. Esta moción no
es operativa hasta que se hayan debatido las posiciones divergentes sobre el asunto pendiente.
Ella se aplica únicamente a la moción pendiente inmediata en discusión (es decir, a una moción
subsidiaria si hay una pendiente, de lo contrario a la moción substantiva principal).
i) Esta moción debe ser secundada por un miembro que no sea ei mismo que la ha propuesto.
ii) Esta moción no es debatible ni enmendable. Una vez secundada, debe ser sometida a
votación.
iii) Esta moción requiere de una mayoría de dos tercios para su adopción.
c) Moción de postergación hasta un momento específico. Si es adoptada, esta moción determina el
aplazamiento de toda consideración posterior de la moción substantiva principal pendiente y de
todas las mociones subsidiarias pendientes hasta el momento estipulado en la moción.
i) Esta moción debe ser secundada por un miembro que no sea el mismo que la ha propuesto.
ii) Esta moción es debatible únicarnente en lo concerniente a la postergación. Una vez
secundada, la moción pendiente no puede seguir siendo discutida.
iii) Esta moción es enmendable únicamente en lo concerniente al momento hasta el cual las
mociones pendientes deben ser postergadas.
iv) Esta moción requiere mayoría de votos para su adopción.
d) Moción de transferencia a otro órgano. Si es adoptada, esta moción determina la transferencia
de la proposición pendiente al órgano designado para el propósito estipulado en la moción (por
ejemplo, para su estudio ulterior)
i) Esta moción debe ser secundada por un miembro que no sea el mismo que la ha propuesto.
ii) Esta moción es debatible únicamente en lo concerniente a la transferencia. Una vez
secundada, la moción pendiente no puede seguir siendo discutida.
iii) Esta moción es enmendable en cualquiera de las condiciones de la transferencia propuesta.
iv) Esta moción requiere mayoría de votos para su adopción.
e) Moción de enmienda. Esta moción tiene por objeto cambiar o modificar una moción
substantiva principal. La enmienda puede ser propuesta como una adición a la moción
substantiva principal pendiente, como una supresión en la moción substantiva principal
pendiente o como una substitución de la totalidad o de parte de la moción substantiva
principal pendiente. Las enmiendas propuestas deben guardar relación con la moción
principal pendiente.
i) Esta moción debe ser secundada par un miembro que no sea el mismo que la ha
propuesto.
ii) Esta moción es debatible, pero la discusión debe ceñirse a la enmienda propuesta. La
moción substantiva principal pendiente no puede seguir siendo discutida.
iii) Esta moción es enmendable mediante otra moción requiriendo enmedar la eninienda (a
veces expresada como enmienda de segundo grado); pero sólo se puede tomar una
enmienda de este tipo cada vez. La enmienda a la enmienda debe ser despachada antes
de tomar otras enmiendas en consideración.
iv) Esta moción requiere mayoría de votos para su adopción.
f) Moción de aplazamiento indefinido. Esta moción suprime toda consideración ulterior de la
moción substantiva principal pendiente, impidiendo así que sea sometida a votación.
Equivale, por consiguiente, a un voto negativo.
i) Esta moción debe ser secundada por un miembro que no sea el mismo que la ha
propuesto.
ii) Esta moción es debatible y deja abierta a discusión la moción substantiva principal,
porque si se adopta, se dispone definitivamente de la moción substantiva principal.
iii) Esta moción no es enmendable.
iv) Esta moción requiere mayoría de votas para su adopción.
6. Una moción subsidiaria no puede ser presentada mientras haya otra moción subsidiaria
pendiente que tenga precedencia. Sin embargo, se podrá dar consideración a una moción subsi
diaria que tenga precedencia superior a otra moción subsidiaria pendiente de menor
precedencia.
7. La votación sobre mociones subsidiarias pendientes será realizada en su orden de precedencia
(a,b,c,d,f).
8. Una vez despachadas las mociones subsidiarias pendientes, si hubiere alguna, se someterá a
votación la moción substantiva principal cuya adopción requerirá mayoría de votos.
9. Una moción para reconsiderar un asunto ya votado puede ser presentada en cualquier
momento de la reunión en la que el asunto fue originalmente sometido a voto. Si es adoptada,
esta moción anula el voto anterior (afirmativo o negativo) y reabre el debate del asunto como
si no se hubiera votado.
j) Esta moción debe ser secundada por un miembro que no sea el mismo que la ha
propuesto.
ii) Esta moción es debatible y deja abierto el debate sobre la moción para la cual propane la
reconsideración.
iii) Esta moción no es enmendable.
iv) Esta moción requiere mayoría de votos para su adopción.
10. Si una moci6n substantiva principal consiste de dos partes independientes, el Presidente podr~
dictaminar que cada parte sea sometida a vota separadamente. En caso de no dis ponerbo ei
Presidente, cualquier miexnbro votante podr& pro paner la divisi6n deî asunto y la votaci6n
separada de Cada parte. Esta moci6n no requiere ser secundada, no es debatible y no es
sometida a vota. El Presidente debera pronunciar inmediataniente su decisi~n sobre esta
moci6n.
11. En cualquier momento de la reuniôn un miembro podra souci tar inforniaciôn directainente del
Presidente de la reuni6n
a veces expresada como”cuestic5n parlaxnentaria” o “punto de inforrnaci~n”). Esta
moci6n fa requiere ser secundada, no es debatible y no es sometida a vota. El Presidente de—
be satisfacer de inrnediato dicha petici6n.
12. Si un mieinbro votante estima que se ha cometido un error, una equivocaci6n o una omisi6n,
~l debe se?ialarlo inmediatamente ai Presidente de la reuniôn coma mociôn de ordenlt. Esta
moci6n no requiere ser secundada, no es debati ble y fa es sometida a vota. El Presidente debe
determin~r enseguida si se ha cometido tai error, equivocaci6n u amisi6n.
13. Si un miembro votante estima que un dictamen del Presidente est~ en error, ~l puede apelar a
tai dictaxnen siempre que la haga inmediatarnente despu~s de la decisi~n dei Presidente.
1) Esta moci6n debe ser secundada par un miembro que no sea el mismo que la ha
propuesto.
ii) Esta mociôn es debatible.
iii) Esta rnaci6n requiere mayorfa de votas para anular el dictamen del Presidente.
14. Un rniembro que ha propuesto una maci6n puede pedir autorizaci6n para retirar su mociôn en
cualquier rnarnentc orevio ai vota final de la moci6n. De no haber objeciôn ai retira de la
maciôn, el Presidente puede concederbo. Si par el contraria se hiciera objeci6n a eblo, la
peticiôn de retira ha de ser secundada y aceptada par mayar~a de votas an— tes de ser
otorgada par sobre la abjeciôn.
15. En cualquier momento de la reuniôn, un miembro votante po— dr~ proponer el receso de la
reuni6n. Si es adoptada, esta moci6n determinar~ la suspensiôn temporânea de la sesi6n par
eb lapsa indicado en la rnociôn.
i) Esta moci~n debe ser secundada par un miembro que nia sea el mismo que la ha
prapuesto.
ii) Esta moci~n na es debatible.
iii) Esta moci6n es enmendable ~nicaniente en la concerniente ai lapso o la duraciôn del
receso.
iv) Esta mociôn requiere mayor~a de votas para su adopciôn.
16. En cualquier momento de la reuniôn, un miembro votante podr~ proponer que se levante la
sesi~n. Si es adoptada, esta mociôn determinar~ el térrnino de la reuniôn.
1) Esta moci6n debe ser secundada par un miernbro que no sea el misrno que la ha
propuesto
ii) Esta rnoci~n no es debatible ni enmendable.
iii) Esta mociôn requiere mayoria de votas para su adopci6n.
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